El Primer Juzgado Civil de Concepción acogió una demanda presentada por la Corporación Club Deportivo Arturo Fernández Vial en contra de la sociedad anónima deportiva que administraba la concesión de la institución. La sentencia ordena a la concesionaria restituir los bienes del club y pagar una suma superior a los veintidós millones de pesos por concepto de cánones de arriendo adeudados.
Según informó el canal Poder Judicial Chile en un video institucional, el fallo se dictó en el contexto de un contrato de concesión amparado por la Ley de Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales. La corporación denunció el incumplimiento reiterado de la obligación principal de la demandada: el pago del canon de arriendo. Esta falta sistemática, a juicio del club, habilitaba la terminación anticipada del contrato.
CONTROVERSIA ENTRE LAS PARTES
La parte demandada, por su lado, sostuvo que el incumplimiento provenía de la corporación. Argumentó que esta había obstaculizado de forma reiterada el desarrollo y el objetivo del contrato de concesión. Añadió que la corporación habría ejercido una especie de autotutela, realizando actividades propias del ámbito de la sociedad concesionaria, lo que excedía el marco contractual.
El tribunal analizó la prueba rendida y escuchó los antecedentes presentados por ambas partes. La sentencia concluyó que se acreditó la existencia del incumplimiento reiterado en el pago del canon de arriendo a favor de la corporación. En cuanto a los incumplimientos imputados a la corporación por la demandada, estos fueron rechazados por el juzgado.
DECISIÓN DEL TRIBUNAL
El fallo estableció que las acciones que la corporación pudo haber desarrollado son todas posteriores a que el club dejó de participar en el ámbito del fútbol profesional. Al llegar al fútbol amateur, la actividad se sitúa en un marco distinto al que se consideró al momento de celebrar el contrato de concesión. Precisamente, el contrato estaba amparado por la Ley de Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, y el ámbito amateur excede ese marco legal.
En consecuencia, el tribunal acogió la demanda en todas sus partes. Ordenó el pago de una suma superior a veintidós millones de pesos por concepto de cánones de arriendo adeudados. Además, rechazó todas y cada una de las alegaciones formuladas por la parte demandada.
ALCANCE DEL FALLO
La resolución del Primer Juzgado Civil de Concepción refuerza la obligación de las sociedades concesionarias de cumplir con el pago oportuno del canon de arriendo en contratos celebrados al amparo de la Ley de Sociedades Anónimas Deportivas. También aclara que las actividades realizadas por la corporación concesionaria después de que el club dejara el fútbol profesional no constituyen incumplimiento contractual, sino que corresponden a un contexto deportivo diverso.
Con esta sentencia, la Corporación Club Deportivo Arturo Fernández Vial recupera la administración de sus bienes y obtiene el reconocimiento judicial de los montos insolutos que la concesionaria había dejado de pagar sistemáticamente.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
