Corte Suprema confirma condena por maltrato en contexto de VIF
En fallo de mayoría, la Cuarta Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados por la parte denunciada reconvencional, confirmando la sentencia que la condenó por maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar (VIF). La condena, impuesta por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, consistió en el pago de una multa de media unidad tributaria mensual y la prohibición de acercarse a la denunciante, su hija, por seis meses.
La agresión verbal ocurrió el 14 de abril de 2024 en la comuna de Castro, y fue calificada como violencia psicológica según el artículo 5 de la Ley 20.066. La Sala, integrada por el ministro Ricardo Blanco, las ministras Andrea Muñoz, Jessica González, Mireya López y la abogada (i) Leonor Etcheberry, descartó infracciones en la valoración de la prueba, señalando que los hechos establecidos en la sentencia impugnada son inamovibles.
El tribunal recordó que solo la judicatura del fondo puede fijar los hechos, y que el recurso no denunció quebrantos a las normas de la sana crítica. La Corte reiteró que el concepto de violencia intrafamiliar es amplio e incluye actos que afecten la integridad psíquica, siempre que exista una relación abusiva y asimétrica entre las partes.
En este caso, se acreditó que la denunciada, madre de la víctima, realizó actos que provocaron en su hija un daño emocional, específicamente trastorno depresivo mayor moderado y estrés postraumático. La Corte concluyó que la conducta constituyó violencia psicológica, y que la sentencia impugnada aplicó correctamente la ley.
El fallo, que rechazó los recursos, fue acordado con el voto en contra del ministro Blanco, quien consideró que debía acogerse el recurso de nulidad sustancial y desestimarse la denuncia.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
