La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de protección presentado por un hombre al que el Registro Civil le negó la tramitación de una posesión efectiva por no pagar los aranceles exigidos. El tribunal consideró que esa barrera económica le impedía acceder a la justicia, vulnerando el principio de tutela judicial efectiva.
Ese caso ilustra la aplicación del denominado privilegio de pobreza, un mecanismo previsto en el Código Orgánico de Tribunales que permite a personas de escasos recursos realizar determinados trámites judiciales sin costo. La idea central de esta figura es que ninguna persona quede privada de acudir a los tribunales por su situación económica.
Para acceder a este beneficio, el solicitante debe contar con el patrocinio de instituciones que prestan asistencia jurídica gratuita, como la Corporación de Asistencia Judicial o las Clínicas Jurídicas Universitarias. Estas entidades deben acreditar la condición de vulnerabilidad del interesado mediante instrumentos objetivos.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL BENEFICIO
Uno de los principales mecanismos de acreditación es pertenecer a los tramos uno o dos del Registro Social de Hogares. También se consideran otros criterios de vulnerabilidad que fueron incorporados en una modificación legal del año 2024.
Esa reforma amplió la mirada más allá de la situación socioeconómica del grupo familiar. Ahora se evalúan condiciones de vida o circunstancias personales como la edad, el género, la situación migratoria o el hecho de estar privado de libertad.
El tribunal de Temuco valoró precisamente que el recurrente cumplía con esos criterios. La sentencia destacó que normas como las del privilegio de pobreza buscan remover barreras económicas que afectan especialmente a personas en situación de vulnerabilidad, asegurando así el acceso efectivo a la justicia.
AMPLIACIÓN DE CRITERIOS EN 2024
Hasta antes de la modificación, la evaluación se centraba casi exclusivamente en el ingreso económico del grupo familiar. Con los nuevos criterios, se reconoce que la vulnerabilidad puede derivar de múltiples factores que dificultan el acceso a la justicia, incluso cuando los ingresos no son extremadamente bajos.
Así, una persona mayor, un migrante o un privado de libertad pueden ser considerados en situación de vulnerabilidad aunque su grupo familiar tenga ingresos moderados. La idea es que el privilegio de pobreza no sea una barrera adicional, sino una herramienta efectiva para garantizar la igualdad ante la ley.
GARANTÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA
El privilegio de pobreza se concede por ley en ciertos casos y, en otros, mediante sentencia judicial. En el caso resuelto por la Corte de Temuco, el beneficio fue reconocido después de que el recurrente demostrara que no podía costear los aranceles del Registro Civil.
El tribunal concluyó que negar la tramitación de la posesión efectiva por falta de pago equivalía a vedar la posibilidad de obtener justicia. Esa decisión refuerza la jurisprudencia chilena en materia de acceso a la justicia, que considera el factor económico como un obstáculo real que el sistema debe remover.
El canal del Poder Judicial Chile difundió este caso como ejemplo de cómo los tribunales aplican el principio de que ninguna persona debe quedar excluida de la justicia por su situación económica. La sentencia de Temuco se alinea con ese principio al ordenar al Registro Civil que tramite la posesión efectiva sin exigir el pago de aranceles.
El privilegio de pobreza sigue siendo una herramienta clave para los abogados que patrocinan a personas de escasos recursos. Su correcta aplicación depende de la evaluación que hagan las instituciones de asistencia judicial y de la sensibilidad de los tribunales para reconocer las distintas formas de vulnerabilidad.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
