El Servicio de Impuestos Internos ha definido el mecanismo para calcular el Impuesto al Valor Agregado que deberán pagar las plataformas de apuestas y casinos online sin domicilio en Chile. A través de un oficio firmado por el director del organismo, Jorge Trujillo, la autoridad tributaria estableció que la base imponible del IVA corresponderá al total de los montos depositados o apostados por los usuarios, sin deducción alguna por concepto de premios. Esta precisión responde a una consulta presentada por un representante de una de estas plataformas extranjeras y marca un paso relevante en la estrategia del SII para gravar estas operaciones digitales.
La medida se enmarca en la Resolución N° 69, emitida el pasado 2 de junio, que creó un registro especial para que los operadores de casinos online sin residencia en Chile se inscriban voluntariamente y cumplan con el pago del IVA Digital. Sin embargo, hasta la fecha ninguna empresa se ha registrado, lo que ha llevado al SII a preparar una nueva resolución con una nómina de aquellas plataformas que serán fiscalizadas mediante el procedimiento de cambio de sujeto.
BASE IMPONIBLE DEL IVA
El oficio publicado este jueves aclaró que el régimen especial de determinación de base imponible previsto para los casinos legalmente autorizados no resulta aplicable a las plataformas online extranjeras. Por lo tanto, el IVA se calculará sobre el monto total de las apuestas realizadas por personas domiciliadas en Chile, aplicando la tasa del 19% que rige para los servicios digitales.
Este criterio fue detallado en respuesta a una consulta realizada por un representante de una de estas plataformas. El SII explicó que la base imponible incluye la totalidad de las sumas apostadas, sin posibilidad de descontar los premios pagados a los usuarios. Esta interpretación tiene un impacto directo en la carga tributaria de estos operadores, que deberán declarar y pagar el IVA correspondiente a todas las transacciones realizadas con usuarios chilenos.
CAMBIO DE SUJETO Y RETENCIÓN
Ante la falta de inscripción voluntaria, el SII ha anunciado que aplicará el mecanismo de cambio de sujeto del IVA Digital. Esto significa que serán las operadoras de medios de pago las encargadas de retener el 19% del impuesto en cada transacción y enterarlo mensualmente en las arcas fiscales.
El servicio explicó que dispone de información de entidades bancarias, no bancarias y proveedores de medios de pago para identificar qué plataformas están operando en Chile sin cumplir con sus obligaciones tributarias. La nueva resolución, que se publicará próximamente, contendrá la nómina de aquellas plataformas que serán fiscalizadas bajo este procedimiento, en la medida que no se hayan inscrito previamente.
PLAZO Y FECHA DE PUBLICACIÓN
Actualmente, el SII se encuentra definiendo la fecha a partir de la cual publicará la lista de casas de apuestas sujetas al cambio de sujeto. El plazo será informado en los próximos días. La autoridad tributaria ha señalado que esta medida forma parte del trabajo permanente de análisis para detectar nuevos mercados y negocios digitales, identificando riesgos de incumplimiento y garantizando el pago de los impuestos correspondientes.
REGLAS PARA LAS PLATAFORMAS INSCRITAS
En su primera resolución, el SII estableció que el IVA debe aplicarse sobre el monto total de las contraprestaciones recibidas como remuneración por la prestación de servicios digitales, cualquiera sea su naturaleza. Una vez que una plataforma se inscriba en el registro especial, deberá pagar el IVA adeudado correspondiente a los últimos treinta y seis períodos tributarios, utilizando el formulario F129 o IVA Digital.
El organismo puntualizó que esta resolución se refiere exclusivamente al cumplimiento de obligaciones tributarias. Las materias vinculadas con la autorización, regulación, fiscalización sectorial o calificación de licitud de estas actividades corresponden a otros organismos competentes, conforme al marco normativo vigente.
CONTEXTO Y ANTECEDENTES
Desde 2021, con la entrada en vigor del IVA a los Servicios Digitales entregados por plataformas extranjeras sin domicilio ni residencia en Chile, el SII recibe periódicamente información de entidades bancarias y no bancarias sobre las operaciones realizadas a través de tarjetas de débito, crédito y prepago. Esta información permite determinar qué plataformas de apuestas online están prestando servicios en Chile y, por lo tanto, deben declarar y pagar el IVA Digital correspondiente a sus operaciones con personas domiciliadas en el país.
El SII ha destacado que estas plataformas no autorizadas se han mantenido realizando operaciones gravadas con IVA de forma permanente, incluso publicitando abiertamente sus servicios. Por ello, el servicio considera su deber asegurar que realicen el pago de los impuestos que les corresponden, utilizando todas las herramientas que la legislación tributaria le otorga.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
