Corte Suprema acoge recurso de queja y ordena tramitar demanda laboral contra Colegio Luterano Concordia
En fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal acogió un recurso de queja presentado por un trabajador que se desempeñó como coordinador de proyectos en el Colegio Luterano Concordia de Valparaíso. La sentencia ordena dar curso progresivo a la demanda de declaración de relación laboral, continuidad del vínculo, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones.
La Corte Suprema estableció que los ministros de la Corte de Apelaciones de Valparaíso incurrieron en falta o abuso al confirmar la resolución de primera instancia que declaró de oficio la caducidad de la acción de despido injustificado y las indemnizaciones demandadas. Según el fallo, la acción de despido injustificado depende de la previa declaración judicial de la naturaleza laboral del vínculo, por lo que no puede aplicarse el plazo de caducidad del artículo 168 del Código del Trabajo sin antes resolver esa cuestión principal.
CRITERIO DE LA SALA LABORAL
La resolución señala que no es jurídicamente posible separar la acción de despido injustificado de la acción principal de declaración de relación laboral. El tribunal agregó que el plazo para interponer la acción de despido injustificado queda supeditado a la acción declarativa, y que en estos casos corresponde aplicar la prescripción de dos años desde la conclusión de los servicios, no la caducidad de 60 días hábiles.
Por lo tanto, la Corte dejó sin efecto las resoluciones de primera instancia y de la Corte de Apelaciones, y ordenó al Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso pronunciarse sobre la demanda de despido injustificado y prestaciones conforme al procedimiento correspondiente. No se ordenó pasar los antecedentes al Tribunal Pleno por no existir mérito suficiente.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
