DECIMOSÉPTIMO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO CONDENA A PLANTA DE REVISIÓN TÉCNICA POR CAÍDA DE CLIENTA
El Decimoséptimo Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta en contra de la sociedad Revisiones Técnicas San Dámaso SA, condenándola a pagar la suma de 5 millones de pesos por concepto de daño moral a una clienta que sufrió la fractura de tobillo derecho al resbalar en una mancha de aceite no señalizada en una planta de revisión técnica de la demandada, ubicada en la comuna de La Florida.
En el fallo unánime, la magistrada Rocío Pérez Gamboa estableció la responsabilidad de la demandada por no haber eliminado el derrame de aceite o demarcado apropiadamente su existencia, lo que provocó el accidente.
Pese a que la prueba rendida por la demandante fue considerada exigua para demostrar una perturbación anímica más allá de lo que significó su hospitalización, la jueza estimó que, aplicando el principio de la normalidad y las máximas de la experiencia, podía presumirse fundadamente que la afectación extrapatrimonial, en concepto de dolor y esfuerzo físico por recuperación y rehabilitación, se extendió al menos por algunas semanas.
Asimismo, el tribunal descartó la aplicación de la reducción contemplada en el artículo 2330 del Código Civil, al no atribuir la caída a un descuido de la actora, sino a la gestión deficiente de la demandada respecto a la eliminación de factores de riesgo en la circulación de personas.
Para la determinación del quantum indemnizatorio, la jueza consideró la entidad y extensión del daño, así como la actividad probatoria desplegada, regulando prudencialmente la indemnización por daño moral en la suma de 5 millones de pesos.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
