CORTE SUPREMA CONFIRMA CONDENA POR HURTO DE HALLAZGO
La Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Alejandro Nicolás Fernández Rosso, quien había sido condenado a 61 días de presidio, accesoria de suspensión de cargos u oficio público durante la condena y multa de 5 UTM, como autor del delito de hurto de hallazgo. El ilícito se cometió entre mayo y julio de 2023 en la ciudad de Antofagasta.
En fallo unánime, los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra María Cristina Gajardo, la abogada (i) Pía Tavolari y el abogado (i) Juan Carlos Ferrada descartaron que se hubiera vulnerado el derecho a defensa del imputado. La defensa había argumentado que al imputado se le asignó una abogada de la Defensoría Penal Pública en el juicio oral simplificado, pero la Corte señaló que esa designación obedeció a que el propio imputado revocó el patrocinio de su abogado de confianza, y el tribunal actuó para velar por sus derechos, conforme al artículo 106 del Código Procesal Penal.
La resolución indicó que no se vislumbra vulneración, sino un remedio ante la ausencia de defensa de confianza. Además, la etapa procesal hacía necesaria la designación inmediata, considerando el derecho a ser juzgado en un tiempo razonable.
La defensa también cuestionó el breve tiempo para conocer los antecedentes, pero la Corte estimó que el caso (hurto de hallazgo por depósitos erróneos en cuenta corriente) no revestía complejidad mayor y que una profesional calificada podía asumir la defensa. Respecto a la supuesta presión para aceptar responsabilidad, el tribunal consideró que no existió sustento probatorio y que el imputado contó con asesoría técnica.
Por tanto, la Segunda Sala rechazó el recurso de nulidad y confirmó la condena impuesta por el Juzgado de Garantía de Antofagasta.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
