CORTE SUPREMA ORDENA INDEMNIZAR A VICTIMA DE TORTURAS
En fallo unanime, la Segunda Sala de la Corte Suprema acogio el recurso de casacion en el fondo presentado por la parte demandante y, en sentencia de reemplazo, confirmo la decision de primera instancia que condeno al fisco a pagar una indemnizacion de 60.000.000 de pesos por concepto de daño moral a Jorge Segundo Bustos Aguilar. El demandante fue detenido en septiembre de 1973 y sometido a torturas en el Estadio Chile, el Estadio Nacional y el Campo de Prisioneros de Chacabuco en Antofagasta.
La Sala, integrada por el ministro Leopoldo Llanos, la ministra Maria Cristina Gajardo, el ministro Jorge Zepeda, la abogada (i) Pia Tavolari y el abogado (i) Juan Carlos Ferrada, establecio que la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, incurrio en error al rechazar la accion indemnizatoria tras acoger la excepcion de cosa juzgada opuesta por el fisco.
El fallo señala que la excepcion de cosa juzgada debe ceder ante el derecho a una reparacion integral derivado de los tratados internacionales de derechos humanos, que tienen aplicacion preferente segun el articulo 5° de la Constitucion. La accion emerge de conductas ilicitas de lesa humanidad cometidas por agentes del Estado en 1973, que atentaron contra la libertad e integridad fisica y psiquica de Bustos Aguilar.
La Corte agrega que, al igual que las acciones penales por estos hechos son imprescriptibles, la correlativa accion civil indemnizatoria no puede estar sujeta a las normas de prescripcion del derecho civil interno. Ademas, el Estado de Chile ya ha aceptado su responsabilidad internacional en casos similares, lo que refuerza la procedencia de la reparacion.
Por tanto, se confirmo la sentencia de primera instancia del 29 de agosto de 2023, dictada por el 29° Juzgado Civil de Santiago, que condeno al fisco a pagar la indemnizacion.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografia referencial generada por Inteligencia Artificial.
