La Corte de Apelaciones de Valparaíso desestimó la solicitud de desafuero que el senador Fidel Espinoza (PS) había interpuesto contra el diputado Daniel Manouchehri (PS), un fallo que ratifica los límites de la inviolabilidad parlamentaria y pone fin a las tensiones generadas durante una sesión clave del Senado en 2025. El tribunal determinó que la expresión “corrupto” atribuida a Manouchehri quedó cubierta por la garantía constitucional que protege la libertad de los legisladores en el ejercicio de sus funciones, desactivando así la querella por injurias graves impulsada por Espinoza.
ANTECEDENTES DEL CONFLICTO
El origen de esta controversia se remonta al 10 de noviembre de 2025, cuando la Cámara Alta sesionaba para resolver la acusación constitucional contra el entonces ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa, quien posteriormente sería destituido por su vinculación con el denominado Caso Hermosilla. Durante la exposición de los diputados encargados de sostener el libelo, Manouchehri incorporó antecedentes sobre presuntas gestiones del magistrado con parlamentarios, lo que desató un fuerte intercambio entre senadores y diputados y obligó a suspender la sesión por cinco minutos.
Fue en esa interrupción, según los antecedentes de la causa, cuando el diputado calificó a Espinoza como “corrupto”. Días después, Manouchehri denunció públicamente que el senador lo había amenazado con golpearlo al término de la sesión. A raíz de estos hechos, Espinoza presentó una querella por injurias graves y solicitó el desafuero del diputado, argumentando que las expresiones excedían el debate político y fueron realizadas con el propósito de afectar gravemente su honra.
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL
El pleno de la Corte de Apelaciones de Valparaíso analizó los antecedentes y concluyó que no existen elementos suficientes para acceder al desafuero. Respecto del calificativo de “corrupto”, el tribunal estableció que fue emitido en el hemiciclo mientras la sesión parlamentaria se encontraba suspendida, pero no finalizada, por lo que seguía operando la inviolabilidad parlamentaria consagrada en el artículo 61 de la Constitución. El fallo sostiene que esta garantía busca proteger la libertad de expresión de diputados y senadores en el ejercicio de sus funciones legislativas y fiscalizadoras, incluyendo el desarrollo de acusaciones constitucionales.
En cuanto a las declaraciones posteriores de Manouchehri, en las que afirmó haber sido amenazado por Espinoza, la Corte estimó que tampoco configuran el delito de injurias. Según el fallo, el parlamentario se limitó a relatar hechos que, a su juicio, ocurrieron durante la sesión y a denunciar una conducta que estimó ilícita. El tribunal descartó el ánimo de desacreditar al senador, requisito indispensable para configurar el delito, y concluyó que no concurren los presupuestos objetivos ni subjetivos del tipo penal invocado por el querellante.
REACCIÓN DE LOS INVOLUCRADOS
Tras conocerse la resolución, Manouchehri valoró el fallo y aseguró que continuará impulsando acciones contra la corrupción. “Las acciones que hemos impulsado han permitido destituir a tres jueces vinculados a la corrupción. Eso ha sido bueno para Chile. Ni las amenazas que hemos recibido, ni menos las querellas, nos van a amedrentar. La pelea interna no contribuye a nada. Mi foco está en seguir representando a las casi 100 mil personas que nos llevaron al Congreso, enfrentando los abusos del poder con la misma valentía y coraje”, afirmó el diputado.
Fuente: EMOL
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
