Corte Suprema ratifica condena por lesiones en contexto de violencia intrafamiliar en Pichilemu
La Segunda Sala del máximo tribunal chileno desestimó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Gregory Laborde, quien había sido sentenciado a 61 días de presidio como autor del delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar. La pena fue sustituida por remisión condicional.
El hecho ocurrió en septiembre de 2025 en la comuna de Pichilemu. La víctima recibió un golpe de puño que le causó lesiones constatadas en el centro asistencial local.
La decisión fue adoptada por mayoría en la causa rol 13.158-2026. Los ministros Leopoldo Llanos, María Cristina Gajardo, Jorge Zepeda, Dinko Franulic y la abogada integrante Pía Tavolari integraron la sala que conoció del recurso.
SENTENCIA CONFIRMADA
El tribunal de primera instancia había dictado la condena el 23 de febrero de 2026, en el Juzgado de Letras, Garantía, Familia y Laboral de Pichilemu, bajo el RUC 2.501.279.851-5 y RIT 1.338-2025.
La defensa del requerido impugnó esa resolución mediante un recurso de nulidad, alegando infracción en la valoración de la prueba. La Corte Suprema, sin embargo, descartó esas alegaciones.
En el fallo, los ministros señalaron que los razonamientos y conclusiones de la sentencia impugnada son coherentes y descansan en una correcta valoración de los elementos probatorios incorporados.
VALORACIÓN DE LA PRUEBA
La resolución destacó que la motivación undécima de la sentencia explica detalladamente por qué los elementos de convicción, en especial el testimonio de la víctima y el Dato de Atención de Urgencia (DAU), resultaron prístinos para establecer que los hechos se verificaron el 9 de septiembre de 2025.
El fundamento decimocuarto concluyó que, entre los tres testimonios de la víctima, el elemento central y mantenido en todos ellos es el golpe sufrido y las lesiones constatadas en el nosocomio. El tribunal no advirtió contradicción en la labor de ponderación efectuada.
La Corte indicó que el tribunal del fondo, en base a la diversa prueba de cargo incorporada en la audiencia de juicio oral simplificado, ponderó libremente pero sin transgredir las máximas de la experiencia, las reglas de la lógica ni los conocimientos científicamente afianzados.
LÍMITES DEL RECURSO DE NULIDAD
El máximo tribunal enfatizó que el recurso de nulidad no constituye una instancia para revalorar la prueba. En este caso, la defensa más que propugnar una infracción a los límites de valoración del sistema de la sana crítica, postuló diferencias en la ponderación de la evidencia.
Esos reproches exceden el control que debe efectuar el tribunal en sede de nulidad, y aparecen como proposiciones propias de un recurso de apelación, en que la labor del sentenciador del grado es efectuar una nueva valoración de los hechos y del derecho.
Por estas razones, el arbitrio no pudo prosperar. La Corte resolvió rechazar el recurso de nulidad deducido por la defensa, declarando que la sentencia impugnada y el juicio oral que le antecedió no son nulos.
VOTO EN CONTRA
La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Jorge Zepeda, quien discrepó de la mayoría.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
