La Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda emitió un informe financiero sobre el proyecto de ley que crea un nuevo estatuto de responsabilidad parental, concluyendo que la iniciativa no implicará un mayor gasto fiscal. El análisis, registrado bajo el número I.F. N°122 del 08 de junio de 2026, respalda el Mensaje N°060-374 del Presidente de la República, que busca modificar el Código Civil, la Ley N°19.968 de Tribunales de Familia y la Ley N°16.618 de Menores.
El proyecto, en tramitación legislativa, introduce un cambio sustancial en la forma en que se conciben y sancionan los deberes parentales en Chile. Su objetivo central es establecer un estatuto de responsabilidad parental para el cuidado de niños, niñas y adolescentes, incorporando un nuevo derecho de los menores a ser guiados y orientados activamente por sus progenitores.
LAS NUEVAS OBLIGACIONES DE LOS PROGENITORES
La iniciativa propone consagrar expresamente el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser protegidos, guiados y orientados por sus padres. A su vez, impone a los progenitores el deber de ejercer una guía y orientación activa sobre la conducta de sus hijos, la cual debe ajustarse a la edad y grado de madurez del menor.
Un punto relevante es que esta obligación de guía y orientación subsistirá incluso cuando el progenitor no conviva con su hijo, o haya perdido o suspendido el cuidado personal o la patria potestad. Esto amplía el espectro de responsabilidad parental más allá de la mera convivencia o tenencia.
UN NUEVO PROCEDIMIENTO JUDICIAL PREVENTIVO
El proyecto contempla la creación de un procedimiento especial de responsabilidad parental ante los tribunales de familia. Este procedimiento tendrá un carácter preventivo y tutelar, orientado a corregir deficiencias en el ejercicio de los deberes parentales antes de que deriven en situaciones más graves.
Además, se incorpora dentro de la competencia de los tribunales de familia la responsabilidad infraccional de los padres por incumplimiento del deber de guía y orientación. También se establece la responsabilidad civil del padre, la madre o ambos por los hechos cometidos por sus hijos.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO GRAVE
La propuesta legislativa incluye sanciones significativas para los casos de incumplimiento grave y contumaz del deber de guía y orientación. El progenitor sancionado quedará privado del derecho a demandar alimentos a su hijo y será considerado indigno de sucederle como heredero o legatario.
Esta disposición busca desincentivar el abandono de las responsabilidades parentales y reforzar la idea de que el ejercicio de la parentalidad implica derechos y deberes recíprocos.
IMPACTO PRESUPUESTARIO CERO
El informe de la Dirección de Presupuestos señala que las nuevas funciones y actuaciones serán implementadas por los organismos competentes dentro de sus atribuciones legales actuales, con cargo a sus recursos humanos, físicos y presupuestarios vigentes.
Por esta razón, la conclusión del informe es que el proyecto de ley, dada su naturaleza normativa y procedimental, no irrogará un mayor gasto fiscal. Esto allana el camino para su discusión legislativa al no requerir una fuente de financiamiento adicional.
ADECUACIONES A LA LEY DE MENORES
El proyecto también propone modificar la Ley N°16.618, Ley de Menores, para hacerla consistente con la nueva regulación del procedimiento de responsabilidad parental ante los tribunales de familia. Se busca así armonizar el ordenamiento jurídico en materia de infancia y adolescencia.
El artículo analiza un proyecto de ley y no una sentencia judicial, por lo que no corresponde identificar un ROL de sentencia ni un tribunal.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
