La Comisión de Trabajo del Senado aprobó esta semana las indicaciones del gobierno que reformulan la Franquicia Tributaria del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), un ajuste que el Ejecutivo debió impulsar tras no lograr consenso para eliminar el beneficio. La propuesta, que forma parte de la llamada megarreforma, logró el respaldo de los cinco senadores de la comisión, incluyendo a representantes del Partido Comunista y del Partido Socialista, luego de que el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, elevara el porcentaje de descuento aplicable al impuesto a la renta.
REFORMULACIÓN DE LA FRANQUICIA
La iniciativa original del gobierno apuntaba a eliminar la franquicia tributaria que permite a las empresas contribuyentes de Primera Categoría descontar hasta el uno por ciento de la planilla anual de remuneraciones por gastos en capacitación autorizada por el Sence. Ante la falta de apoyo político, el Ejecutivo presentó una primera indicación que reducía ese margen al 0,5 por ciento, cifra que tampoco generó consenso entre los senadores.
Durante la tarde de la sesión, Quiroz introdujo una nueva indicación que fijó el porcentaje en 0,7 por ciento, balance que finalmente destrabó la negociación. La propuesta fue respaldada por los integrantes de la Comisión de Trabajo: Luciano Cruz-Coke (Evópoli), Andrea Balladares (RN), Arturo Squella (Republicano), Gastón Saavedra (PS) y Daniel Núñez (PC). En tanto, un artículo que modifica los máximos de gasto imputables a la franquicia avanzó únicamente con los votos del oficialismo.
DETALLE DE LOS PORCENTAJES
La indicación aprobada establece que el monto imputable al beneficio no podrá exceder ciertos porcentajes aplicados sobre el valor hora por participante. Hasta el 80 por ciento de los gastos de capacitación podrá ser cubierto por la franquicia cuando se trate de trabajadores con remuneraciones imponibles mensuales iguales o inferiores a 25 unidades tributarias mensuales. Para aquellos con ingresos superiores a 25 UTM y hasta 50 UTM, el porcentaje baja al 50 por ciento. En el caso de remuneraciones que excedan las 50 UTM, el tope es del 15 por ciento.
La norma también precisa qué actividades no constituyen capacitación laboral para efectos legales. Quedan excluidas las actividades predominantemente recreativas o de integración que no impliquen un desarrollo verificable de competencias, así como aquellas de cumplimiento meramente formal sin orientación directa a la empleabilidad, productividad, adaptación tecnológica o desempeño laboral. Tampoco se considerarán capacitación las actividades realizadas bajo modalidad de auto instrucción, es decir, aquellas en las que el participante accede a contenidos sin la intervención efectiva de un relator, tutor o facilitador. Se entenderá que existe intervención efectiva cuando la actividad contemple al menos una instancia obligatoria de interacción, retroalimentación o acompañamiento pedagógico, presencial o a distancia, y una evaluación de aprendizaje.
PLAZOS DE EVALUACIÓN Y APORTE FISCAL
La indicación contempla una evaluación externa del sistema de capacitación laboral, que deberá encargar el Ministerio del Trabajo y Previsión Social una vez transcurridos tres años desde la entrada en vigencia de la ley. La entidad evaluadora, nacional o internacional, deberá ser seleccionada mediante un proceso competitivo conforme a las normas de contratación pública vigentes. El informe deberá pronunciarse sobre la calidad y pertinencia de las acciones de capacitación financiadas con la franquicia, el impacto en la empleabilidad y productividad de los trabajadores capacitados, y la cobertura alcanzada por trabajadores de empresas de menor tamaño.
Además, la Ley Anual de Presupuestos deberá contemplar, para los años 2027, 2028 y 2029, un aporte fiscal adicional de 10 mil millones de pesos por cada ejercicio, destinado exclusivamente al financiamiento de acciones de capacitación.
SANCIONES POR LICENCIAS FRAUDULENTAS
Otra indicación aprobada por la comisión introduce modificaciones al procedimiento de sanción para funcionarios públicos que utilicen licencias médicas de manera fraudulenta. Se mantienen las sanciones aplicables y se establece un procedimiento administrativo disciplinario con pleno respeto al debido proceso, según señala el texto.
Con este avance, el proyecto se encamina ahora a la Comisión de Hacienda del Senado, donde continuará su tramitación legislativa.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
