RÉGIMEN DE ZONA FRANCA BAJO LA LENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: REQUERIMIENTO POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD EN INVESTIGACION PENAL TRIBUTARIA
El Tribunal Constitucional ha sido puesto en la encrucijada de determinar si la aplicación conjunta de ciertas normas del régimen de Zonas Francas y del Impuesto al Valor Agregado vulnera principios fundamentales del derecho penal chileno, tras la presentación de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. La acción fue deducida por la representante legal de una sociedad concesionaria de vehículos, imputada en una causa penal seguida ante el Juzgado de Garantía de Punta Arenas por presuntos delitos tributarios. En el centro del conflicto se encuentra la interpretación sobre si las ventas de vehículos nuevos realizadas en la Zona Franca de Extensión de Coyhaique estaban o no afectas al pago del IVA, y si la falta de claridad legal sobre este punto hace insostenible una persecución penal.
EL ORIGEN DE LA CONTROVERSIA: UNA OPERACION COMERCIAL CUESTIONADA
La requirente, en su calidad de socia y representante legal de una sociedad usuaria de Zona Franca y concesionario oficial, trasladaba vehículos nuevos desde la Zona Franca Primaria de Punta Arenas hasta su sucursal en Coyhaique. Para ello, emitía una Solicitud de Registro de Factura (SRF) a su propio nombre, un acto intrapatrimonial. Una vez en Coyhaique, vendía los vehículos a consumidores finales mediante facturas exentas de IVA, con la restricción de zona franca inscrita en el Registro de Vehículos Motorizados. El Servicio de Impuestos Internos (SII) interpretó que estas ventas constituían un hecho gravado con IVA, al considerar que se realizaban fuera del recinto franco y no calzaban con las exenciones del régimen. Esta discrepancia llevó al SII a deducir una querella criminal por los delitos de declaraciones maliciosamente falsas y defraudación, tipificados en los artículos 97 N° 4 y 97 N° 25 del Código Tributario.
LA TESIS DE LA INCONSTITUCIONALIDAD: INDETERMINACION DE LA NORMA PENAL EN BLANCO
La defensa de la imputada sostiene que los tipos penales aplicados son normas penales en blanco, que requieren de una norma extrapenal para definir el hecho gravado. El argumento central es que los preceptos del DFL N° 2 (Ley de Zonas Francas) y del DL N° 825 (Ley del IVA) son indeterminados y no cumplen con el estándar de lex certa que exige el artículo 19 N° 3 de la Constitución. Se alega que la aplicación conjunta de estos artículos crea una obligación tributaria incierta, que no emana directamente de la ley sino de una cadena de oficios administrativos del SII, los cuales han variado en su fundamento legal a lo largo de ocho años. La requirente afirma que esta indeterminación disuelve la tipicidad objetiva del delito, imposibilitando que su conducta esté «expresamente descrita en la ley», y genera un error de prohibición invencible, ya que su actuar se basó en la Resolución Exenta N° 82/2004 del propio SII y en la validación del Registro Civil.
LOS FUNDAMENTOS DEL REQUERIMIENTO: VULNERACIONES CONSTITUCIONALES ALEGADAS
El requerimiento invoca la vulneración de varias garantías constitucionales. En primer lugar, el principio de legalidad y tipicidad penal (artículo 19 N° 3 inciso final), argumentando que la norma de complemento del tipo penal no está en la ley, sino en oficios administrativos sin fuerza normativa erga omnes. Se destaca que el artículo 8° letra a) del DL N° 825 define como «venta» la primera enajenación de vehículos importados al amparo del Capítulo 0 del Arancel Aduanero, un supuesto fáctico que no se configura en la operación de la requirente, ya que el ingreso de vehículos a la Zona Franca de Extensión es una destinación aduanera distinta. En segundo lugar, se alega la vulneración del principio de culpabilidad (artículo 19 N° 3 incisos sexto y final), sosteniendo que la indeterminación normativa y la conducta del propio Estado generaron un error de prohibición invencible.
IMPLICANCIAS PARA EL DERECHO PENAL TRIBUTARIO CHILENO
El caso pone sobre la mesa la tensión entre la facultad fiscalizadora del SII y los límites constitucionales del derecho penal. Si el Tribunal Constitucional acoge el requerimiento, declarando inaplicables los preceptos para este caso concreto, el juez de garantía carecería de la norma de complemento necesaria para integrar los tipos penales imputados, lo que podría llevar al sobreseimiento o la absolución. Esto sentaría un criterio jurisprudencial relevante sobre la exigencia de certeza y determinación en las normas penales en blanco en materia tributaria, limitando la posibilidad de recurrir al derecho penal para sancionar interpretaciones administrativas controvertidas y no pacíficas. El fallo podría definir si la ley penal puede ser un instrumento para dirimir conflictos hermenéuticos sobre el hecho gravado, o si la tipicidad exige una claridad tal que disipe cualquier duda interpretativa antes de activar la persecución penal.
Rol RIT N° 2273-2022, causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Punta Arenas; Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (Rol no identificado en la fuente para la sentencia del Tribunal Constitucional).
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
