TRIBUNAL GALLEGO SANCIONA CON 1.800 EUROS A ABOGADO POR USAR INTELIGENCIA ARTIFICIAL SIN VERIFICAR Y PRESENTAR 24 CITAS JURISPRUDENCIALES FALSAS
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia impuso una multa de 1.800 euros a un abogado por vulnerar la buena fe procesal al incorporar en un recurso de suplicación veinticuatro citas jurisprudenciales inexistentes o inventadas, generadas mediante inteligencia artificial generativa. La sanción, dictada en el marco de una pieza separada de imposición de multas coercitivas, busca sancionar la falta de diligencia profesional y disuadir futuras conductas similares.
La resolución, fechada el 7 de julio de 2026, fue adoptada por el tribunal presidido por el magistrado Luis Fernando de Castro Mejuto, con los magistrados Alejandro Gracia Lafaja y Pilar Carreira Vidal. El caso se originó tras la sentencia de 26 de mayo de 2026 en el Recurso de Suplicación 5472/2025, donde el tribunal detectó múltiples irregularidades en las citas jurisprudenciales presentadas por el letrado recurrente.
LOS HECHOS: 24 CITAS FALSAS EN UN RECURSO
Durante la tramitación del recurso de suplicación, la Sala constató que el abogado incluyó veinticuatro referencias jurisprudenciales que no se correspondían con la realidad. Según el tribunal, las citas fueron verificadas en el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), de acceso universal y gratuito, y resultaron ser “inventadas” o “apócrifas”. Entre ellas, se mencionaban sentencias del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuyos textos entrecomillados eran falsos o correspondían a autos o resoluciones sobre materias distintas a las alegadas.
El tribunal destacó que la estructura del recurso evidenciaba el uso de inteligencia artificial generativa gratuita “sin una verificación posterior para controlar las constantes ‘alucinaciones’ ofrecidas”. En su fundamento jurídico noveno, la Sala concluyó que se trataba de “un ejercicio de libérrima creatividad jurídica”, con un 75% de las citas (veinticuatro de un total de treinta y dos) siendo espurias.
RECONOCIMIENTO DEL LETRADO Y APERTURA DE PIEZA SEPARADA
El abogado, tras ser notificado de la apertura de la pieza separada, presentó un escrito fechado el 16 de junio de 2026 en el que asumió la responsabilidad como firmante del recurso y ofreció “sus más sinceras disculpas”. Solicitó una ampliación del plazo para “explicar al Tribunal, con verdad y con soporte, qué sucedió realmente”, señalando que el hecho era “extraordinariamente insólito y difícilmente conciliable con el sistema de supervisión del despacho”. La solicitud fue rechazada por el tribunal, que consideró que la finalidad de la pieza era ponderar la sanción y no investigar las causas del hecho.
El tribunal valoró que el letrado reconoció los hechos y pidió disculpas, pero no ofreció información sobre la herramienta de inteligencia artificial utilizada ni alegó circunstancias atenuantes como su capacidad económica o los perjuicios causados.
MARCO NORMATIVO Y DEONTOLÓGICO
La Sala fundamentó su decisión en el artículo 75.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LJS), que establece que todos los intervinientes en el proceso deben ajustarse a las reglas de la buena fe, y faculta al tribunal a imponer multas de 600 a 6.000 euros en caso de vulneración. También invocó los artículos 235.3 LJS y 552 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), así como el Código Deontológico de la Abogacía Española, que exige una “conducta profesional íntegra, honrada, leal, veraz y diligente”.
El tribunal citó el Libro Blanco sobre Inteligencia Artificial y Abogacía, elaborado por el Consejo General de la Abogacía Española, que advierte que la diligencia debida exige revisar, validar y corregir los resultados generados por sistemas de IA antes de incorporarlos a cualquier actuación procesal. Asimismo, la Instrucción 2/2026 del Pleno del Consejo General del Poder Judicial sobre el uso de IA en la actividad jurisdiccional refuerza el principio de “control humano efectivo”, que impide que estos sistemas operen de forma autónoma en la toma de decisiones judiciales o en la elaboración de escritos procesales.
CUANTÍA DE LA MULTA: 1.800 EUROS
Al fijar la multa, el tribunal ponderó la gravedad de la conducta, los perjuicios causados al procedimiento y a la Administración de Justicia, así como la ausencia de información sobre la capacidad económica del infractor. Consideró que la contratación de una herramienta de inteligencia artificial especializada en investigación jurídica, con costes anuales que oscilan entre 1.500 y 3.000 euros, habría evitado las alucinaciones constatadas. La multa de 1.800 euros busca cumplir una doble función: sancionar el comportamiento inadecuado y disuadir futuras conductas.
El tribunal señaló que comportamientos similares han sido sancionados recientemente, como el Auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sala de lo Civil y Penal) de 10 de febrero de 2026, que impuso una multa a un abogado por introducir 48 citas falsas generadas por IA. En este caso, la Sala valoró que el letrado asumió la responsabilidad, lo que mitigó en parte la sanción.
REPERCUSIONES PARA EL MUNDO LEGAL
Este fallo se suma a una creciente tendencia de los tribunales chilenos y españoles a sancionar el uso negligente de inteligencia artificial en la práctica forense. La sentencia recalca que la IA puede ser una herramienta asistencial, pero nunca debe sustituir el juicio humano ni la verificación exhaustiva de las fuentes. La decisión envía un mensaje claro a la abogacía sobre la necesidad de mantener estándares de diligencia profesional, especialmente cuando se emplean tecnologías generativas.
Rol N° 0005472/2025, Pieza de Imposición de Multas Coercitivas 0005472/2025 0001, Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
