Dictamen de la Contraloría valida uso obligatorio de Clave Única para acceso a fichas clínicas en Hospital Naval de la Armada
La Contraloría General de la República determinó que la Armada de Chile actuó ajustada a derecho al exigir a los funcionarios del Hospital Naval «Almirante Nef» el uso de su Clave Única personal para ingresar al portal clínico institucional y acceder a las fichas clínicas electrónicas de los pacientes. El pronunciamiento, contenido en el dictamen D364, de 24 de julio de 2026, resuelve una consulta presentada por una funcionaria de salud del recinto asistencial, quien cuestionó el cambio en la modalidad de autenticación para ingresar a la plataforma.
La consultante, identificada como funcionaria del Hospital Naval, solicitó a la Contraloría que se pronunciara sobre la legalidad de la medida adoptada por la autoridad sanitaria institucional. En su presentación, cuestionó que ahora se exija la Clave Única personal de cada servidor para desarrollar sus labores asistenciales.
La Armada de Chile, al informar el caso, justificó la determinación señalando que se adoptó tras detectar que personas sin permisos y sin relación con la atención asistencial habían accedido a fichas clínicas de beneficiarios. La institución agregó que su autoridad sanitaria normó el procedimiento de ingreso al portal clínico, exigiendo a los funcionarios con participación directa en la atención del paciente el uso de este mecanismo de autenticación. Además, informó haber cumplido el proceso de certificación para implementar este tipo de integraciones.
MARCO NORMATIVO APLICADO
El dictamen analiza las disposiciones de la ley N° 19.477 sobre la función del Servicio de Registro Civil e Identificación en el otorgamiento de documentos oficiales que acreditan identidad. También examina el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que regula la transformación digital del Estado, y el decreto N° 9, de 2023, que emitió la Norma Técnica de Autenticación.
La Contraloría destaca que la Clave Única es el mecanismo oficial de autenticación administrado por la Secretaría de Gobierno Digital, dependiente del Ministerio de Hacienda, y que su proceso de enrolamiento depende del Registro Civil. El Instructivo Presidencial N° 1, de 2019, dispuso que los servicios públicos solo podrán utilizar esta herramienta como instrumento de identificación digital para personas naturales.
La normativa sobre ficha clínica también resulta central. La ley N° 20.584 define la ficha clínica como un instrumento obligatorio que contiene antecedentes relativos a la salud de las personas, y califica toda esa información como dato sensible. El artículo 13 de esa ley autoriza el acceso al prestador individual y a los profesionales de la salud que participen directamente en la atención del paciente, para garantizar la continuidad de su cuidado.
ANÁLISIS DE LA CONTRALORÍA
El organismo contralor concluye que el establecimiento de la Clave Única como mecanismo de autenticación para el acceso a la plataforma interna de gestión de fichas clínicas es válido. Señala que se instaura conforme a las potestades de control y dirección de la jefatura de salud institucional y que no requiere un proceso adicional de validación o registro para el funcionario en su carácter de tal.
La Contraloría sostiene que la utilización de la Clave Única garantiza la veracidad y confiabilidad de los registros, sin que ello signifique un uso no autorizado de datos personales de los funcionarios, quienes ya los proporcionaron en el proceso de enrolamiento. El monitoreo y la validación de los datos corresponden a la Secretaría de Gobierno Digital.
El dictamen añade que no existe inconveniente jurídico en que la autoridad sanitaria haya determinado el uso obligatorio de la Clave Única, siempre que se haya realizado la integración y habilitación de los sistemas según los estándares fijados y con la certificación de la Secretaría de Gobierno Digital. Ello, sin perjuicio del deber del personal de guardar reserva, discreción y cuidado de la información contenida en las fichas clínicas, por tratarse de datos sensibles.
El pronunciamiento aplica criterios jurisprudenciales contenidos en dictámenes anteriores, entre ellos el E282778 de 2022, el E45754 de 2020, el E213410 de 2022, el D242 de 2026 y el E65938 de 2021.
Rol D364-2026, Contraloría General de la República.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
