CMF cancela inscripción de fintech ligada al Tren de Aragua y no podrá seguir prestando servicios financieros
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) canceló la inscripción de Inversiones Plusservice Spa, la empresa detrás de la plataforma de criptomonedas Plusspay, tras detectar que no cumplió con los plazos establecidos por la Ley Fintech. La compañía, vinculada al Tren de Aragua según revelaciones previas, no podrá continuar prestando servicios financieros en el país. La resolución afecta también a otras dos entidades que enfrentaron la misma sanción por incumplimientos similares.
ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
Plusspay, propiedad del venezolano José Manuel Ríos Guaidó, fue señalada hace aproximadamente una semana por El Mostrador como una plataforma vinculada al Tren de Aragua. Según la información publicada, Ríos Guaidó estaría relacionado con los detenidos de la Operación Tokio, a quienes se les imputa el lavado de cerca de 75 mil millones de pesos entre 2022 y 2025, dinero proveniente de mercados ilícitos. La empresa se había inscrito en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros de la CMF el 2 de enero de 2024, pero aún no contaba con la autorización definitiva para operar.
LA DECISIÓN DE LA CMF
La CMF comunicó este viernes la cancelación de la inscripción de Inversiones Plusservice Spa mediante una resolución exenta. El regulador explicó que la compañía no presentó oportunamente la información actualizada exigida por la Norma de Carácter General N°502, ni cumplió con el plazo de doce meses establecido en el artículo 13 de la Ley N°21.521 para adecuarse al nuevo régimen regulatorio. En consecuencia, la empresa dejará de estar amparada por la habilitación transitoria que la ley fintech concedió para operar mientras se procesaba su inscripción y no podrá continuar prestando los servicios financieros definidos en el artículo 2° de la ley.
OTRAS EMPRESAS SANCIONADAS
Además de Plusspay, la CMF canceló las inscripciones de luinvest SpA y Pixeltec SpA por las mismas razones: no proporcionaron la información actualizada requerida o no solicitaron la autorización dentro del plazo legal. Ambas empresas tampoco podrán seguir prestando servicios financieros bajo el marco de la Ley Fintech.
DIFERENCIA ENTRE INSCRIPCIÓN Y AUTORIZACIÓN
La Ley Fintech, publicada en 2023, establece un proceso de dos etapas para que las empresas puedan operar legalmente. La primera es la inscripción genérica en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros, que implica un análisis jurídico y legal. La segunda es la autorización para prestar servicios específicos, que requiere una evaluación más profunda y operativa. La ley permitió a las empresas que ya operaban antes de su publicación seguir haciéndolo bajo una habilitación transitoria, siempre que se inscribieran y luego solicitaran la autorización correspondiente. El plazo para la solicitud de inscripción venció en febrero de 2025.
Entre 2024 y 2025, la CMF recibió 445 solicitudes de inscripción. Al cierre del año pasado, 67 entidades estaban inscritas, 129 solicitudes no lograron la inscripción y 249 continuaban en proceso. En cuanto a las autorizaciones, se recibieron 282 solicitudes, de las cuales 58 fueron autorizadas, nueve eximidas, 39 no lograron la autorización y 176 seguían en trámite. El caso de Plusspay ejemplifica las consecuencias de no cumplir con los plazos establecidos por la nueva regulación.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
