El directorio de Codelco decidió desistirse del recurso de amparo económico que había interpuesto contra la Contraloría General de la República ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en el marco de la controversia por el proyecto de litio en el Salar de Ascotán.
La decisión fue informada por la estatal a través de una declaración pública, luego de la publicación en el Diario Oficial, el pasado 9 de julio, de la Resolución N°14/2026 de la Contraloría, que modifica la Resolución N°36, sobre normas de exención del trámite de toma de razón.
En el comunicado, la cuprífera explicó que, tras la publicación de la resolución de Contraloría, el directorio acordó retirar la acción legal presentada el 18 de junio ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
La acción judicial había sido presentada el 18 de junio por Codelco, presidida por Bernardo Fontaine, en contra de la Contraloría, luego de que el organismo revisara el procedimiento asociado al otorgamiento de un Contrato Especial de Operación de Litio (CEOL) a Minera Ascotán SpA, empresa coligada de la estatal.
Según publicó La Tercera, la estatal impugnó un oficio emitido el 22 de abril por la Contraloría, a partir del cual el ente fiscalizador revisó la legalidad de los requisitos y condiciones para el CEOL de Minera Ascotán, proceso a cargo del Ministerio de Minería.
En esa oportunidad, Codelco sostuvo que la exigencia de someter ese tipo de actuaciones a toma de razón era completamente inédita y ajena a su carácter empresarial, argumentando que la Corporación actúa bajo reglas de derecho privado en el desarrollo de sus actividades económicas.
NUEVA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
La Resolución N°14/2026 de la Contraloría establece modalidades especiales de control respecto de los actos de empresas del Estado, o públicas, productoras de cobre o de sus subproductos. En particular, dispone que determinados acuerdos de directorio quedarán afectos a un control de reemplazo, entre ellos la constitución, participación, modificación, retiro y extinción de personas jurídicas.
La norma también considera dentro de ese control la adquisición de acciones u otros títulos de participación en sociedades, así como la autorización de aumentos o disminuciones de la participación del Estado, sus organismos o empresas, en el capital o en el directorio de las sociedades donde tengan presencia.
En esos casos, las empresas deberán remitir a Contraloría, en un plazo de 10 días hábiles desde la adopción del acuerdo respectivo, copia del acta y sus antecedentes fundantes. El organismo podrá revisar la documentación con el objetivo de cautelar el cumplimiento de los fines de estas empresas y la regularidad de sus operaciones.
CODELCO REAFIRMA COLABORACIÓN CON CONTRALORÍA
Tras desistirse de la acción judicial, Codelco afirmó que mantiene su respeto por las atribuciones del órgano fiscalizador y que continuará colaborando en los procesos de fiscalización dentro de su competencia.
La estatal declaró que mantiene su pleno respeto por las atribuciones de la Contraloría y que seguirá colaborando en todas las fiscalizaciones que realice dentro de su ámbito de competencia.
La empresa agregó que esta decisión se enmarca en su compromiso con la transparencia, el fortalecimiento de su gobierno corporativo y el cumplimiento del marco normativo vigente.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
