La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la condena de siete años de presidio para María José Navarrete Muñoz, hallada culpable del delito consumado de tráfico ilegal de estupefacientes. El ilícito se perpetró en noviembre de 2024 en el sector de embarque de vuelos internacionales del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, comuna de Pudahuel. En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, descartando errores en la determinación de la pena.
RECHAZO DEL RECURSO DE NULIDAD
La Quinta Sala, integrada por los ministros Alejandro Rivera, Pedro Maldonado y la abogada (i) Paola Herrera, desestimó el recurso que buscaba anular la sentencia dictada por el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. La defensa solicitaba que se reconocieran atenuantes para reducir la pena a cinco años y un día, pero la Corte consideró que la sentencia impugnada aplicó correctamente la ley. El tribunal de alzada sostuvo que la acusada se benefició de la atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal por haber confesado los hechos, lo que permitió al Ministerio Público prescindir de prueba abundante, reduciendo tiempos y costos del juicio. Sin embargo, también le perjudicó la agravante del N°15 de la misma disposición, por lo que los jueces compensaron racionalmente ambas circunstancias.
PENA Y CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
El tribunal oral fijó la pena en siete años de presidio mayor en su grado mínimo, dentro del marco punitivo que va desde cinco años y un día hasta quince años. Para determinar la sanción, consideró la extensión del mal causado, la cantidad de droga incautada (más de un kilo), su naturaleza (cocaína) y su alto grado de pureza (94%). Además, se impuso una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales, pagadera en diez cuotas mensuales, atendiendo a la falta de medios de la condenada.
DETALLES DEL DELITO Y LA DEFENSA
La sentencia de primera instancia estableció que el 29 de noviembre de 2024, Navarrete Muñoz se trasladó al Aeropuerto Arturo Merino Benítez con la intención de abordar un vuelo con destino a París, Francia. Portaba debajo de sus ropas tres envoltorios con 1.200 gramos de cocaína, facilitados previamente por un grupo de colombianos. La acusada reconoció haber tenido conocimiento de la naturaleza ilícita de lo que transportaba. La defensa de la condenada argumentó que hubo una errónea aplicación del derecho, pero la Corte concluyó que no existió vulneración legal ni dobles valoraciones, y confirmó la sentencia en su totalidad.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
