El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó impuso una condena de 20 años de presidio efectivo contra Ítalo Antonio Sobarzo Flores, tras declararlo culpable del delito consumado de femicidio ocurrido en enero de 2025.
FALLO UNÁNIME
En la causa rol 31-2026, el tribunal estuvo integrado por las magistradas Macarena Yáñez Cerda, quien actuó como presidenta, Amelia Avendaño González y Jimena Orellana Fuenzalida, esta última como redactora del veredicto. Además de la pena privativa de libertad, se aplicaron las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, junto con la inhabilitación absoluta para el ejercicio de profesiones titulares mientras dure la condena. Asimismo, el sentenciado deberá pagar una multa de 2 UTM por el delito falta de lesiones leves cometido contra otra víctima.
HECHOS ACREDITADOS
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que durante la mañana del 6 de enero de 2025, en la vía pública de avenida Circunvalación Sur de Curicó, Sobarzo Flores atacó a su pareja sentimental, María Paz Peña Bustamante. Utilizó diversos elementos como una botella, un palo, sus pies y puños, la rueda de una bicicleta y un cuchillo. Con este último instrumento causó heridas penetrantes que seccionaron parcialmente la vena yugular externa izquierda y la vena cubital mediana izquierda, provocando la muerte de la víctima por shock hemorrágico en el mismo lugar.
INTERVENCIÓN DEL VECINO Y LESIONES LEVES
En el contexto de la agresión, un vecino del sector identificado como Vicente Cancino Peña intentó detener la acción del agresor. Ante la imposibilidad de hacerlo, tomó una bicicleta para dirigirse a la tenencia de Carabineros más cercana. En ese momento, Sobarzo Flores lo interceptó y lo atacó con piedras, además de intentar agredirlo con un arma blanca. Producto de esta agresión, Cancino Peña sufrió eritema en la zona escapular izquierda y hombro izquierdo, lesiones calificadas como de carácter leve. Por estos hechos se aplicó la multa de 2 UTM.
MUESTRA BIOLÓGICA Y REGISTRO DE ADN
Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del condenado. Esta muestra será incorporada al registro nacional de ADN de personas condenadas, conforme a la normativa vigente sobre identificación genética de autores de delitos graves.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
