Corte de Apofagasta acoge recurso de nulidad y revierte fallo que calificó como injustificado despido de store manager de H&M
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de nulidad presentado por H&M Hennes & Mauritz SpA contra la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta que había declarado injustificado el despido de una trabajadora que se desempeñaba como gerenta de tienda (store manager). El tribunal de alzada determinó que la conducta de la demandante —alterar sus registros de asistencia y ausentarse de sus labores en reiteradas ocasiones— sí constituye un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato de trabajo, conforme al artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, revocando así la decisión de primera instancia.
LOS HECHOS QUE CAMBIARON LA CALIFICACIÓN JURÍDICA
En su fallo, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones, integrada por los ministros Hernán Rodrigo Cárdenas Sepúlveda, Eric Darío Sepúlveda Casanova (redactor) y Jaime Aníbal Rojas Mundaca, acogió la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, que permite alterar la calificación jurídica de los hechos sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior.
El tribunal de alzada consideró que el juez a quo realizó una inapropiada calificación al sostener que las conductas de la trabajadora no revestían la gravedad suficiente para justificar el despido. La Corte destacó que los hechos acreditados en la sentencia recurrida mostraban una conducta reiterada: la demandante no utilizó su sistema de asistencia en forma fidedigna durante los días 8, 10, 15, 18 y 19 de diciembre de 2023, permitiendo que otras personas registraran sus marcaciones y ausentándose sin autorización de su puesto de trabajo.
EL CARGO DE CONFIANZA AGRAVA EL INCUMPLIMIENTO
Un punto central del razonamiento de la Corte fue la función que desempeñaba la trabajadora dentro de la empresa. Al ser store manager, la máxima jefatura del local, la Corte señaló que este cargo implica un deber de cuidado estricto y mayor, así como un deber de lealtad superior. La demandante no solo incumplió sus obligaciones, sino que además involucró a otros trabajadores para ocultar sus faltas, lo que agravó la conducta.
El fallo sostiene que no resulta posible continuar normalmente con la relación laboral cuando una trabajadora que ejerce labores de liderazgo utiliza ardides para ausentarse de sus labores y ocultar sus faltas, ya que esto pugna con la corrección y responsabilidad que se espera de quien debe ser un referente para sus compañeros.
NO ES NECESARIO ACREDITAR UN PERJUICIO ECONÓMICO DIRECTO
La Corte también desestimó el argumento del juez a quo que exigía que la conducta hubiera causado un perjuicio notorio a la empresa o afectado el normal funcionamiento o las metas del establecimiento. El tribunal de alzada recordó que la causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo no requiere la acreditación de un perjuicio económico directo para el empleador. Basta con que se haya producido un quebrantamiento de la buena fe contractual, especialmente en cargos de confianza donde la relación laboral se basa en elementos personales.
SENTENCIA DE REEMPLAZO Y COSTAS
Al acoger el recurso de nulidad, la Corte declaró nula la sentencia de primera instancia y dictó la correspondiente sentencia de reemplazo, rechazando la demanda de la trabajadora. Además, se condenó en costas a la parte demandante.
El ministro redactor del fallo fue Eric Sepúlveda Casanova.
Rol 415-2025, Corte de Apelaciones de Antofagasta.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
