La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por Codelco contra la sentencia que condenó a la empresa minera estatal al pago subsidiario de prestaciones e indemnizaciones a trabajadores subcontratados, luego de que se acogiera una denuncia de tutela laboral por despido deducida contra su exempleadora Buildtek SpA y contra la propia Codelco.
En fallo de mayoría, la Cuarta Sala del máximo tribunal descartó errores en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. El tribunal estuvo integrado por el ministro Ricardo Blanco, la ministra Mireya López, el fiscal judicial Jorge Pizarro y las abogadas integrantes Leonor Etcheberry y Fabiola Lathrop. La sentencia de alzada había revocado la de base, que acogió la excepción de falta de legitimación pasiva de Codelco y la condenó solo al pago subsidiario de las indemnizaciones sustitutivas y proporcionales, eximiéndola de la indemnización especial del artículo 489 del Código del Trabajo.
RAZONAMIENTO DEL FALLO
La Corte Suprema sostuvo que la materia debe abordarse desde la perspectiva de los derechos fundamentales, los cuales llevaron al legislador a regular un procedimiento de tutela para su protección. Señaló que la protección de los derechos fundamentales en las relaciones laborales no puede ser ajena al trabajo en régimen de subcontratación, y que los artículos 183-B y 183-D del Código del Trabajo establecen la responsabilidad solidaria o subsidiaria de la empresa principal por las obligaciones laborales y previsionales de los contratistas.
El fallo agregó que la obligación de indemnizar perjuicios por vulneración de derechos fundamentales es una obligación de dar, por lo que Codelco debe pagar dicha indemnización en forma subsidiaria, sin convertirse en infractora de los derechos vulnerados, sino satisfaciendo la deuda.
DECISIÓN Y VOTO DISIDENTE
La resolución concluyó que la sentencia impugnada aplicó correctamente las normas sustantivas, y rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por Codelco contra la sentencia del 26 de julio de 2024. La decisión se adoptó con el voto en contra de la ministra López.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
