La Corte de Apelaciones de Iquique condenó al Fisco a pagar una indemnización de 35 millones de pesos a una mujer que estuvo siete meses en prisión preventiva tras ser acusada de tráfico de drogas basándose en un falso positivo de una prueba de campo. El fallo unánime de la Primera Sala del tribunal de alzada aumentó el monto original fijado por el Primer Juzgado de Letras de Iquique, al considerar que la imputación carecía de fundamento fáctico y jurídico. La afectada, María Ribera, había sido formalizada después de que tres potes de queratina que compró en Bolivia arrojaran indicios preliminares de cocaína. Con el avance de la investigación, la acusación se derrumbó, lo que dio paso a una demanda por responsabilidad extracontractual del Estado.
EL CASO
Todo comenzó cuando María Ribera ingresó a Chile desde Bolivia portando tres potes de queratina. En un control fronterizo, una prueba de campo arrojó un resultado positivo para cocaína. Con ese antecedente, el Ministerio Público la formalizó por tráfico ilícito de drogas y el tribunal de garantía le impuso la medida cautelar de prisión preventiva. La mujer permaneció siete meses privada de libertad mientras se desarrollaba la investigación.
A medida que el proceso avanzó, se estableció que la imputación carecía de sustento. Al recuperar su libertad, Ribera decidió demandar al Estado chileno por los daños sufridos.
LA DECISIÓN JUDICIAL
El Primer Juzgado de Letras de Iquique acogió la demanda y fijó una indemnización inicial. Sin embargo, el monto fue considerado insuficiente por la demandante, que apeló. La Corte de Apelaciones de Iquique, en fallo unánime de su Primera Sala, confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a la procedencia de la responsabilidad, pero resolvió aumentar significativamente la compensación por daño moral.
En su resolución, el tribunal expresó que comparte el criterio de la jueza de primera instancia en los considerandos relativos a la responsabilidad fiscal, pero que el monto debía ser mayor. La Corte sostuvo que corresponde aumentar la indemnización atendiendo a la relevancia y consecuencia que para cualquier persona significa una imputación penal carente de fundamento fáctico y jurídico. Con ese razonamiento, elevó la condena a 35 millones de pesos.
FUNDAMENTO DEL FALLO
La Corte aplicó las reglas de la responsabilidad extracontractual del Estado, que en Chile permite reclamar indemnización cuando un órgano público causa un daño por falta de servicio o por un error judicial. En este caso, el error estuvo en la utilización de una prueba de campo que luego resultó ser un falso positivo, sin que se hubiera corroborado oportunamente con análisis de laboratorio más precisos.
El tribunal valoró especialmente el tiempo de privación de libertad y el estigma social que conlleva una acusación por tráfico de drogas. La imputación, aunque finalmente infundada, generó un perjuicio moral que la sentencia estimó acreditado en toda su extensión.
MONTO DE LA INDEMNIZACIÓN
Los 35 millones de pesos corresponden exclusivamente a daño moral, sin perjuicio de que la afectada podría haber reclamado también otros rubros como lucro cesante o daño emergente. El tribunal consideró que siete meses de prisión preventiva injustificada y el peso de una acusación sin base justifican una compensación elevada. El Fisco deberá pagar esta suma.
Fuente: EMOL
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
