El Gobierno chileno se encuentra evaluando la posibilidad de recurrir al Tribunal Constitucional para impugnar una indicación aprobada por el Senado que prohíbe de manera absoluta el pago de interés sobre interés, figura conocida como anatocismo. La medida, inserta en el proyecto de ley de Reconstrucción Nacional que impulsa el Ejecutivo, ha encendido las alertas en la industria financiera, la Comisión para el Mercado Financiero y el Banco Central, que advierten sobre graves consecuencias para el sistema crediticio y de ahorro. La discusión se centra ahora en la constitucionalidad de la iniciativa y en el impacto que podría tener sobre préstamos, tarjetas de crédito y depósitos a plazo.
La indicación parlamentaria, que ya había sido aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 20 de mayo, busca reemplazar el artículo 9 de la Ley 18.010, norma que actualmente permite el anatocismo. El nuevo texto establece que no se podrá estipular, en ningún caso, el pago de intereses sobre intereses ni capitalizarlos en cada vencimiento o renovación. Además, señala que los intereses capitalizados con infracción a esta disposición serán inoponibles al deudor y carecerán de todo efecto legal. Esto significa que, si una persona no paga su tarjeta de crédito o línea de crédito en la fecha de vencimiento, ya no se podrá aplicar un interés sobre la deuda impaga en el período siguiente.
La prohibición también alcanzaría a los meses de gracia concedidos al otorgar un crédito, a las postergaciones de cuotas de préstamos y a los depósitos a plazo renovables, cuyos intereses se capitalizan al saldo al momento de la renovación o liquidación. Durante la votación en la sala del Senado, el Gobierno hizo reserva de constitucionalidad al argumentar que la indicación no guarda relación con las ideas matrices del proyecto de ley, que está centrado en la reconstrucción nacional.
EVALUACIÓN DEL EJECUTIVO
El Ejecutivo analiza ahora dos caminos para frenar la medida: recurrir al Tribunal Constitucional o presentar un veto presidencial durante los 30 días posteriores a la aprobación definitiva de la ley por el Congreso, antes de su promulgación. El abogado constitucionalista Jorge Correa Sutil, exsubsecretario del Interior durante el gobierno de Ricardo Lagos, señaló que, a primera vista, se podría sostener que la indicación no se relaciona con las ideas matrices del proyecto.
Más enfático, el constitucionalista y profesor de Derecho Constitucional UC, Arturo Fermandois, consideró que la indicación se aleja por completo del eje del proyecto de reconstrucción. Recordó que desde la Constitución de 1925 se prohíbe que los proyectos se abran temáticamente durante su tramitación, protegiendo el debido debate democrático y la técnica legislativa. Fermandois calificó el argumento como muy sólido, especialmente porque en los últimos años el Tribunal Constitucional ha reiterado con fuerza el respeto a las ideas matrices de los proyectos.
ALERTAS DE LOS REGULADORES
La presidenta de la Comisión para el Mercado Financiero, Catherine Tornel, acudió hace un mes a la comisión de Hacienda del Senado para alertar sobre los efectos de la indicación. Sostuvo que prohibir el anatocismo sería inédito en comparación con jurisdicciones internacionales y que podría impactar negativamente el funcionamiento de todo el mercado financiero, generando un incremento en el costo de todos los créditos y exclusión financiera.
Por su parte, la presidenta del Banco Central, Rosanna Costa, envió una minuta de 20 páginas donde afirmó que prohibir el interés compuesto no es un mecanismo eficiente de protección para las personas que acceden a servicios financieros. Advirtió que podría generar efectos no deseados en el acceso y rendimiento de instrumentos de ahorro, alterar los mecanismos de transmisión de información y determinación de precios de activos financieros, y debilitar la información contenida en las tasas de interés de mercado.
El Banco Central también señaló que la medida podría obligar a una redefinición o reestructuración masiva de contratos, afectar los incentivos de inversionistas internacionales para participar en el sistema bancario local y generar una asignación de capital ineficiente. El organismo concluyó que sería aconsejable no persistir con la idea de prohibir de forma absoluta el anatocismo.
DERECHO AL OLVIDO FINANCIERO
En paralelo, en el Senado se aprobó otra indicación impulsada por la oposición sobre el derecho al olvido financiero. La norma obliga a los responsables del tratamiento de datos personales de carácter económico, financiero, bancario o comercial a eliminar de sus registros los datos relativos a deudas impagas o extinguidas de personas naturales, cuando la deuda se haya hecho exigible o se haya extinguido hace más de cinco años, contados desde la entrada en vigencia de la ley. Desde la industria advierten que esta disposición restringe la información y la capacidad de gestión de las instituciones financieras. Esta indicación deberá ser votada en la sala de la Cámara de Diputados en su tercer trámite constitucional, y en caso de ser rechazada, podría terminar en una Comisión Mixta.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
