Gobierno ingresa proyecto para eximir a EFE de derechos y tributos municipales en obras ferroviarias
El Presidente de la República ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que modifica la Ley Orgánica de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE) para establecer una exención total de derechos y tributos municipales en la ejecución de sus obras ferroviarias y declarar que dichas obras son infraestructura ejecutada por el Estado, liberándolas así de la necesidad de permiso municipal para su construcción.
La iniciativa, contenida en el Mensaje N° 065-374 de 3 de julio de 2026, busca dotar a EFE de un tratamiento jurídico equivalente al que ya ostenta Metro S.A., conforme al artículo 9° de la ley N° 18.772. Según el mensaje, tanto Metro como EFE desarrollan infraestructura pública de transporte, por lo que la diferencia de régimen carece de justificación técnica.
El Gobierno fundamenta la propuesta en la cartera de proyectos ferroviarios más grande en la historia de EFE, contemplada en el Plan Trienal de Desarrollo 2024-2026, aprobado por decreto supremo N° 22 de 17 de febrero de 2026. Dentro de los proyectos emblemáticos se mencionan el Tren Alameda-Melipilla y el Tren Santiago-Batuco, ambos en la Región Metropolitana.
El primero considera un trazado de aproximadamente 61 kilómetros y 11 estaciones, atravesando ocho comunas del sector surponiente de la capital, con conexión al Metro de Santiago y una demanda estimada de 57 millones de pasajeros al año. El segundo proyecta 26 kilómetros y 8 estaciones, estructurando un nuevo eje ferroviario para el sector norte, con enlaces a las líneas 3, 5 y 7 del Metro y una demanda superior a 35 millones de pasajeros anuales.
Además, ambos proyectos incluyen más de 80 kilómetros de vía independiente para carga ferroviaria, que en el futuro conectará con el corredor ferroportuario hacia San Antonio.
FUNDAMENTOS DE LA EXENCIÓN
El mensaje presidencial sostiene que las obras ferroviarias no constituyen una intervención ordinaria sometida a la lógica general de edificaciones de uso privado, sino que se trata de infraestructura pública de transporte, previamente aprobada por las autoridades competentes y vinculada al cumplimiento de un mandato legal específico. EFE, creada bajo el artículo 19 N° 21 de la Constitución, tiene por objeto establecer, desarrollar y explotar servicios de transporte ferroviario.
El texto reconoce que actualmente EFE se sujeta al régimen general de derechos y tributos municipales, pero argumenta que dicho régimen no atiende a las particularidades de la infraestructura ferroviaria. La ejecución de vías férreas, túneles, estaciones y otras obras puede requerir la ocupación temporal o permanente de bienes nacionales de uso público administrados por municipalidades.
Se cita como antecedente el artículo 9° de la ley N° 18.772, que exime a Metro S.A. de todo derecho y tributo municipal por sus obras y declara que son infraestructura ejecutada por el Estado para efectos del artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
CONTENIDO DEL PROYECTO
El proyecto consta de un artículo único que incorpora el artículo 30 bis al decreto con fuerza de ley N° 1 de 1993 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La nueva disposición establece que EFE estará exenta de todo derecho y tributo municipal, cualquiera sea su denominación, por la ejecución de obras derivadas directamente de su objeto legal.
La exención abarca obras como vías férreas, túneles, estaciones, paraderos, talleres, cocheras, subestaciones eléctricas, obras de arte y demás instalaciones necesarias para la construcción u operación ferroviaria, así como la ocupación que dichas obras conlleven. La exención será aplicable cualquiera sea la modalidad de ejecución.
Además, para efectos del artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, las obras serán consideradas infraestructura ejecutada por el Estado, por lo que no requerirán permiso municipal para su construcción.
El proyecto fue firmado por el Presidente de la República, el Ministro del Interior Claudio Alvarado Andrade, el Ministro de Obras Públicas Louis de Grange Concha, el Ministro de Vivienda y Urbanismo Iván Poduje Capdeville, el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Louis de Grange Concha y la Ministra de Bienes Nacionales Catalina Parot Donoso.
Mensaje N° 065-374, Cámara de Diputados.
Rol no identificado en la fuente.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
