El Servicio de Impuestos Internos retomó el diálogo directo con los representantes de las ferias libres del país, en una reunión que buscó aclarar las dudas prácticas que aún persisten entre los comerciantes sobre el nuevo régimen tributario especial para el sector. El encuentro se realizó el pasado 11 de mayo y marca la reanudación de una mesa de trabajo que se considera clave para la correcta implementación de este sistema, que ya se encuentra vigente.
La instancia fue encabezada por Christian Soto, subdirector suplente de Asistencia al Contribuyente del SII, quien se reunió con los dirigentes de la Confederación Gremial Nacional de Organizaciones de Ferias Libres (ASOF), Paola Morales y Froilán Flores, en calidad de presidenta y vicepresidente, respectivamente. También participaron Pedro Cabrera y Miriam Castañeda, representantes de la Asociación Gremial de la Feria Emilia Téllez de Ñuñoa.
REUNIÓN CLAVE PARA LA ORIENTACIÓN TRIBUTARIA
Durante el encuentro, el subdirector suplente destacó la importancia de mantener este tipo de acercamientos directos con los contribuyentes. Soto señaló que es fundamental que las y los feriantes puedan contar con toda la información necesaria respecto de la inscripción en este régimen especial, con el fin de facilitar su cumplimiento tributario.
Por parte de los feriantes, Pedro Cabrera, presidente de la asociación gremial de la Feria Emilia Téllez, valoró la cordialidad y la disposición del SII. Cabrera indicó que el respaldo entregado por el Servicio ha sido de vital importancia, ya que permitió despejar todas las dudas surgidas desde el inicio de este nuevo régimen sustitutivo.
En la reunión también estuvieron presentes Claudio Álvarez, abogado, y Marianela Salgado, jefa suplente de la Oficina de Cultura Tributaria y Gestión de Contenidos, ambos de la Subdirección de Asistencia al Contribuyente. Los participantes coincidieron en la necesidad de establecer un trabajo permanente de orientación que permita canalizar de manera fluida las consultas e inquietudes de los comerciantes de ferias libres.
PLAZO CRÍTICO PARA FERIANTES
El nuevo régimen de tributación especial para feriantes comenzó a operar con la posibilidad de inscripción desde el 11 de diciembre de 2025. Los contribuyentes pueden inscribirse y, en el mismo acto, realizar su Inicio de Actividades. El régimen comienza a regir desde el primer día del mes siguiente a la inscripción en el registro correspondiente.
Un hito relevante es el plazo del 30 de junio de 2026. Hasta esa fecha, las municipalidades estuvieron eximidas de exigir la acreditación del Inicio de Actividades para otorgar patentes a los feriantes. Una vez vencido ese plazo, los comerciantes deberán realizar su Inicio de Actividades antes de solicitar la patente municipal, y luego inscribirse en el régimen especial.
BENEFICIOS Y CONDICIONES DEL RÉGIMEN SUSTITUTIVO
El régimen especial para feriantes permite a quienes ejercen esta actividad comercial y se inscriben en el registro realizar ventas con un impuesto sustitutivo al IVA de solo un 1,5% sobre las ventas realizadas a través de medios electrónicos autorizados por el SII. Además, los feriantes no deben llevar contabilidad ni presentar declaraciones por este impuesto, ya que el sistema funciona de forma automática.
El operador del medio de pago electrónico es quien retiene, declara y paga el impuesto sustitutivo al Servicio. Pueden acogerse a este beneficio solo las personas naturales que se dedican a la venta de bienes en ferias libres.
Para inscribirse, los comerciantes deben ingresar al sitio web sii.cl, al portal Registro de Contribuyentes de Ferias Libres, presionar el botón «Inscríbete aquí» y autenticarse con RUT y clave. También se requiere contar con un permiso o patente de feriante vigente y registrar datos como correo electrónico y número de teléfono.
La reunión del 11 de mayo forma parte de un trabajo conjunto entre el SII y los representantes de ferias libres para resolver las inquietudes sobre la implementación del nuevo régimen, en un contexto donde el cumplimiento oportuno de los requisitos resulta esencial para acceder a los beneficios tributarios establecidos.
Fuente: Servicio de Impuestos Internos Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
