La Corte Suprema revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco y condenó a una empresa a pagar una indemnización de 10 millones de pesos a un trabajador que sufrió graves lesiones en su mano izquierda mientras realizaba tareas de soldadura y corte de metales. El máximo tribunal estableció que el empleador no acreditó haber tomado todas las medidas concretas y eficaces para prevenir el accidente, más allá de la eventual confianza excesiva del propio afectado.
El caso, difundido por el canal Poder Judicial Chile, aborda un tema recurrente en la litigación laboral: el alcance de la obligación de seguridad que pesa sobre el empleador. La Ley N° 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, exige que las empresas adopten medidas eficaces para proteger la integridad física de sus colaboradores. Sin embargo, la jurisprudencia ha debido precisar qué debe entenderse por «eficacia» y cómo se distribuye la carga probatoria cuando ocurre un siniestro.
LA CARGA DE LA PRUEBA RECAE EN EL EMPLEADOR
En el fallo, la Corte recordó que, una vez acreditado el accidente laboral, corresponde al empleador demostrar que cumplió con su deber de seguridad. No basta con tener procedimientos escritos o protocolos genéricos; se requiere que las instrucciones sean específicas y adecuadas para cada faena. En este caso, la empresa argumentó que el accidente se debió a un exceso de confianza del trabajador, pero la Sala consideró que esa circunstancia no exime de responsabilidad al empleador si no hubo indicaciones claras sobre cómo ejecutar la tarea de forma segura.
El tribunal supremo destacó que, por la diversidad de actividades productivas, no es posible establecer un catálogo cerrado de medidas de seguridad. Cada situación debe analizarse de manera casuística, considerando las particularidades del trabajador, el tipo de labor y el entorno. En el caso concreto, aunque la empresa contaba con procedimientos de trabajo seguro, la Corte determinó que estos no fueron óptimos para proteger la salud e integridad de una parte del cuerpo del operario.
UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
La sentencia fue emitida en el marco de un recurso de unificación de jurisprudencia, mecanismo que permite a la Corte Suprema fijar criterios uniformes cuando existen interpretaciones contradictorias entre tribunales inferiores. Con esta decisión, el máximo tribunal envió una señal clara: la mera existencia de protocolos no basta; estos deben ser concretos, adaptados al riesgo específico y suficientemente instructivos para el trabajador.
El fallo revierte lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Temuco, que había desestimado la demanda del trabajador. Ahora, la empresa deberá pagar una indemnización de 10 millones de pesos por concepto de daño moral, además de las prestaciones que correspondan por la ley de accidentes del trabajo.
IMPLICANCIAS PARA EMPRESAS Y TRABAJADORES
Para los abogados laboralistas, este pronunciamiento refuerza la doctrina de la responsabilidad objetiva del empleador en materia de seguridad. No se trata de sancionar un acto doloso, sino de verificar si existió una planificación diligente que minimizara los riesgos. La Corte Suprema ha insistido en que la prevención debe ser activa y no meramente formal.
Desde la perspectiva del trabajador, la sentencia aclara que incluso la conducta imprudente del afectado –como un exceso de confianza– no rompe el nexo causal si el empleador no le entregó instrucciones precisas. Ello obliga a las empresas a capacitar de manera continua y a supervisar que las indicaciones se cumplan.
El canal Poder Judicial Chile destacó que el análisis del tribunal fue eminentemente casuístico, valorando las circunstancias específicas del accidente: el tipo de herramienta, la falta de advertencias adicionales y la ausencia de medidas de bloqueo o distanciamiento. Cada caso, advirtió el fallo, debe evaluarse de forma individual.
CONCLUSIÓN Y PERSPECTIVAS
Con esta resolución, la Corte Suprema consolida un criterio que exige a los empleadores una diligencia reforzada en la gestión de riesgos laborales. No se trata solo de cumplir con la normativa formal, sino de garantizar que las instrucciones de seguridad sean comprensibles, concretas y eficaces para evitar daños.
El fallo constituye un referente para futuras demandas por accidentes del trabajo, especialmente en faenas como soldadura, construcción o manejo de maquinaria pesada. Las empresas deberán revisar sus protocolos y asegurarse de que cada tarea cuente con indicaciones detalladas y verificables.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
