**Comisión del Senado analiza polémica por Premio Nacional de Literatura y avanza en proyecto de Patrimonio Cultural**
La Comisión de Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación del Senado sesionó el pasado 22 de junio para abordar dos temas centrales: la situación del Premio Nacional de Literatura 2026 y la discusión en particular del proyecto de ley de Patrimonio Cultural (Boletín N° 12.712-24). La instancia contó con la presencia del ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, quien fue invitado para dilucidar la controversia surgida en torno a la alternancia de géneros literarios en el galardón.
**PREMIO NACIONAL DE LITERATURA: POLÉMICA POR ALTERNANCIA**
El presidente de la comisión recordó que la Ley 21.747, promulgada en junio de 2025, modificó el sistema de otorgamiento de los premios nacionales, anualizando el de literatura y estableciendo una regla de alternancia entre narrativa y poesía. Sin embargo, señaló que versiones de prensa indicaban que para 2026 se estaría repitiendo la disciplina galardonada el año anterior, lo que contravendría tanto el espíritu como el texto legal.
El senador Luciano Cruz‑Coke intervino para señalar que la alternancia nunca había estado determinada por ley y que la decisión de anualizar el premio fue, a su juicio, exagerada. Advirtió que modificar constantemente lo legislado podría abrir la puerta a debates similares en otras disciplinas artísticas, y sugirió convocar a la Sociedad de Escritores de Chile y al mundo literario para escuchar sus opiniones.
El ministro de las Culturas, por su parte, entregó una detallada explicación jurídica. Indicó que la reforma de 2025 transformó en norma jurídica la práctica de alternancia que existía desde la década de 1980. La Ley 21.747 estableció una regla permanente: narrativa en años pares y poesía en años impares. Además, incorporó un artículo tercero transitorio que disponía que la primera entrega bajo el nuevo régimen debía recaer en una disciplina distinta a la galardonada el año anterior (2024, que fue poesía con Elvira Hernández). Ese mandato se cumplió en 2025 con la entrega a Ramón Díaz Eterovic (narrativa).
El secretario de Estado enfatizó que, una vez aplicada la norma transitoria, corresponde aplicar la regla permanente. Por tanto, para 2026, año par, corresponde narrativa. Sostuvo que la situación actual no es una anomalía, sino la consecuencia jurídica de la transición diseñada por el propio legislador. Citó al jurista Andrés Bello para recordar que la costumbre no constituye derecho por sí sola, y defendió el principio de legalidad como pilar del derecho público. Añadió que el proceso de selección del jurado ya está en marcha.
El senador Lí respaldó la interpretación literal del ministro, señalando que no merecía mayor discusión. El presidente de la comisión cerró el punto dando por zanjado el debate, destacando que la polémica debía centrarse en la crítica literaria y no en la aplicación de la ley.
**LEY DE PATRIMONIO CULTURAL: DEBATE SOBRE INCLUSIÓN DE PUEBLO AFRODESCENDIENTE**
En el segundo punto de la tabla, la comisión retomó la discusión en particular del proyecto de ley de Patrimonio Cultural, en segundo trámite constitucional. Se reabrió el debate sobre el Título I y se comenzó la votación del artículo 1, que define el objeto de la ley.
El Ejecutivo y los asesores parlamentarios presentaron una propuesta de redacción que incluía la participación de “personas, comunidades, pueblos indígenas, el pueblo tribal afrodescendiente y otros actores de la sociedad civil”. Esto generó un intenso intercambio.
El senador Cruz‑Coke objetó la mención específica al pueblo tribal afrodescendiente en el artículo primero, argumentando que podría interpretarse como un privilegio sobre otros pueblos indígenas de mayor trayectoria histórica. Propuso una redacción genérica que remitiera a la Ley 21.151, que reconoce legalmente a dicho pueblo.
El senador Lí, de la Región de Arica y Parinacota, defendió la importancia del pueblo afrodescendiente, pero coincidió en que por técnica legislativa era mejor dejarlo en el artículo 3, donde ya se hace referencia expresa a la ley que lo reconoce. Subrayó que así se evitan malas interpretaciones y se mantiene coherencia.
La senadora Sánchez, en cambio, sostuvo que para la claridad de la ley era preferible que el pueblo afrodescendiente apareciera mencionado desde el artículo primero, como parte del objeto, y luego se desarrollara en el artículo 3. El ministro y el subsecretario señalaron que el Ejecutivo no tenía problemas en eliminar la mención del artículo primero y dejarla en el tercero, siempre que quedara constancia en acta del reconocimiento.
Ante la falta de acuerdo y la necesidad de unificar los textos de trabajo, la comisión decidió suspender la votación de los primeros artículos para la próxima sesión, agradeciendo a los asesores y al Ejecutivo su participación.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
