El pasado 30 de julio de 2026, el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a un hombre de 26 años por el delito consumado de robo con intimidación, ocurrido el 13 de diciembre de 2025 en la comuna de Peñalolén. El tribunal acogió la acusación del Ministerio Público y desestimó los planteamientos de la defensa, que calificó la prueba como insuficiente y feble, imponiendo una pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio.
Los hechos ocurrieron alrededor de las 21:00 horas, cuando la víctima se detuvo con su bicicleta en calle Volcán Antuco, a la altura del número 8074. En ese momento, el ahora condenado, junto a otros dos sujetos no identificados, lo intimidó con un arma cortopunzante, exigiéndole la entrega de sus pertenencias. La víctima fue despojada de su bicicleta, unos audífonos y un bolso que contenía tres teléfonos celulares. Los asaltantes huyeron del lugar, pero la víctima logró recuperar su bicicleta poco después y, más tarde, encontró al acusado portando su bolso, el cual contenía la cédula de identidad del agresor.
El tribunal valoró la declaración de la víctima, quien reconoció al acusado en la sala de audiencias, junto con los testimonios de los funcionarios de Carabineros que detuvieron al imputado horas después del asalto. Los carabineros relataron que la víctima les entregó la cédula de identidad encontrada en el bolso, y que el detenido mantenía tarjetas bancarias de terceras personas tanto en el bolso como en sus vestimentas. La defensa argumentó que el reconocimiento no era fiable debido al estrés del momento y a la falta de iluminación, y cuestionó la ausencia de cámaras o testigos adicionales.
En su fallo, el tribunal desestimó estas alegaciones, señalando que el Código Procesal Penal establece libertad probatoria y que la prueba rendida, aunque escasa, era suficiente para acreditar el delito y la participación. El tribunal destacó la precisión del relato de la víctima y la coherencia con las circunstancias de la detención, descartando que existiera un error en el reconocimiento. Además, consideró que la forma en que el acusado modificó su versión de los hechos respecto de los horarios de su discusión con su pareja restaba credibilidad a su declaración.
EL FALLO Y SUS FUNDAMENTOS
El tribunal consideró acreditados todos los elementos del delito de robo con intimidación: la apropiación de cosas muebles ajenas, la falta de voluntad del dueño, la intimidación mediante el uso de un arma blanca y el ánimo de lucro. Respecto a la participación, la consideró acreditada por la incriminación directa de la víctima y la corroboración de los funcionarios policiales. El tribunal también descartó la existencia de circunstancias modificatorias de responsabilidad penal.
La sentencia impone al acusado la pena principal de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, además de las accesorias legales correspondientes, el pago de las costas de la causa y la determinación de su huella genética. El tribunal rechazó la solicitud de absolución planteada por la Defensoría Penal Pública.
ROL Y TRIBUNAL
RUC N° 2501788521-1; RIT N° 129-2026, Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
