El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) envió un oficio a la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) para indagar si existen investigaciones sobre posibles infracciones en el uso de los prefijos 809 y 600, situación que podría vulnerar los derechos de los consumidores.
De acuerdo con un comunicado del Sernac, se tuvo conocimiento de que una o más empresas de telecomunicaciones estarían incumpliendo la normativa que exige el uso obligatorio de los prefijos 809 para comunicaciones masivas no solicitadas y 600 para las solicitadas.
El Sernac señaló que algunas compañías habrían implementado un mecanismo digital que mantiene preseleccionado por defecto el bloqueo del prefijo 809, dificultando que sus clientes reciban llamadas de otros operadores. Esto afectaría la portabilidad numérica, la libre elección, la información transparente, la competencia y el tratamiento de datos personales de los usuarios.
LA RESOLUCIÓN DE SUBTEL
A mediados de agosto de 2025 entró en vigencia la resolución de la Subtel que obliga el uso de prefijos específicos para llamadas comerciales. Toda comunicación masiva y automática debe contar con la numeración establecida.
La norma indica que si un consumidor recibe una llamada con el prefijo 809, lo contacta una entidad con la que no tiene vínculo comercial o financiero actual, y que no ha solicitado ni autorizado esa comunicación. Por ejemplo, llamadas automatizadas que buscan ofrecer o vender productos.
En cambio, si la llamada proviene de un número con prefijo 600, se entiende que es de una entidad autorizada para contactar al usuario.
SOLICITUD DE ANTECEDENTES
A través del oficio, el Sernac pidió a la Subtel diversos antecedentes: si el regulador está realizando alguna investigación sobre este tema, las implicancias jurídicas de las posibles acciones, si ya ha tomado medidas contra las empresas involucradas, entre otros.
Una vez recibida la información, y si se detectan posibles incumplimientos a la normativa sectorial y a la Ley del Consumidor, el Sernac podría iniciar acciones individuales o colectivas contra las empresas.
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES
Con la asignación de los prefijos 809 y 600, los ciudadanos pueden identificar si una llamada masiva es solicitada o no. Esto permite reconocer y filtrar el spam de las empresas, con la certeza de que no corresponden a llamadas fraudulentas o engañosas.
Las llamadas spam no se eliminaron con esta nueva disposición, sino que se clasifican: las del prefijo 809 provienen de empresas sin contrato con el usuario, y las del 600 de compañías con vínculo comercial.
La Ley del Consumidor permite a las empresas enviar comunicaciones publicitarias, pero los usuarios tienen derecho a solicitar su suspensión. Los proveedores deben indicar una forma expedita para que los destinatarios pidan el cese de esas comunicaciones. Una vez solicitada, quedan prohibidas.
El Sernac recordó que su plataforma «No Molestar» facilita la eliminación de teléfonos y correos electrónicos de las bases de datos empresariales para evitar el envío de comunicaciones promocionales. Los usuarios pueden acceder en www.sernac.cl.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
