El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) interpuso una demanda colectiva contra la mutuaria Creditú Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A. y la aseguradora AVLA Seguros de Crédito y Garantía S.A. por vulneraciones a la Ley 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. La acción judicial surge tras una investigación que identificó prácticas como la venta atada de seguros y cláusulas abusivas en contratos de adhesión, afectando principalmente a personas de escasos recursos no bancarizadas.
VENTA ATADA Y SEGUROS SIN BENEFICIO REAL
Según los antecedentes recopilados por el SERNAC, Creditú condicionaba el otorgamiento de mutuos hipotecarios endosables a la contratación obligatoria de un seguro de crédito comercializado por AVLA. Durante el período investigado, ambas empresas formaban parte del mismo grupo empresarial, operando como brazos paralelos en créditos y seguros. El seguro no reportaba ningún beneficio real para el consumidor, ya que su única función era actuar como una segunda garantía a favor del acreedor, adicional a la hipoteca. Además, si el seguro se activaba por impago, el deudor no quedaba liberado de la obligación: la aseguradora subrogaba los derechos del acreedor y podía ejecutar la hipoteca de igual forma.
El SERNAC determinó que esta práctica constituye una venta atada prohibida por la Ley 19.496, pues el consumidor no tenía opción real de contratar el crédito sin el seguro. A esto se suma que el costo del seguro debía reputarse como interés, excediendo la Tasa Máxima Convencional (TMC). Creditú ya fijaba los intereses de sus mutuos en el límite exacto de la TMC; al agregar la prima del seguro como interés, la empresa superó el máximo legal permitido.
CLÁUSULAS ABUSIVAS Y MANDATO IRREVOCABLE
La investigación reveló otras cláusulas abusivas en los contratos de adhesión. Una de ellas era un mandato irrevocable conferido a Creditú para autocontratar el seguro a nombre del deudor sin su consentimiento expreso. Otra cláusula de aceleración establecía que si el consumidor revocaba el seguro, la empresa podía exigir el pago inmediato y total de la deuda hipotecaria. Para el SERNAC, estas estipulaciones vulneran el equilibrio contractual y el derecho del consumidor a decidir libremente sobre los productos que contrata.
El SERNAC también detectó el cobro indebido de la prima del seguro como si fuera un cargo separado, cuando legalmente debía considerarse parte del interés. Esto generó que el costo total del crédito excediera la tasa máxima convencional, configurando una infracción. Las empresas habrían orientado su modelo de negocio hacia consumidores de escasos recursos que no acceden al sistema bancario tradicional.
SOLICITUDES DEL SERNAC: NULIDAD, MULTAS E INDEMNIZACIONES
En la demanda colectiva, el SERNAC solicita al tribunal declarar la nulidad de las cláusulas abusivas y del contrato de seguro de crédito. Asimismo, pide que se condene a las empresas al pago de las multas máximas, que ascienden hasta 1.500 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por cada infracción. También exige indemnizaciones por daño moral y costos de reclamo en favor de todos los consumidores afectados.
La acción se fundamenta en las disposiciones de la Ley 19.496 que sancionan la incorporación de cláusulas abusivas en contratos de adhesión, la venta atada y otras prácticas contrarias a la buena fe. El SERNAC recopiló antecedentes mediante requerimientos de información a ambas empresas y analizó datos proporcionados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) para sustentar su teoría del caso.
Cabe destacar que Creditú se presenta comercialmente como una empresa que otorga financiamiento rápido para la compra de viviendas en todo Chile. AVLA, por su parte, ofrece pólizas de garantía y seguros de créditos. Según lo declarado por los propios proveedores, su público objetivo son personas de escasos recursos que, por su capacidad financiera y perfil de riesgo, no están bancarizadas ni acceden al sistema financiero formal.
El SERNAC puso a disposición de los consumidores afectados sus canales de reclamo habituales: el Portal del Consumidor con Clave SERNAC o ClaveÚnica, la línea gratuita 800 700 100 (de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas) y las oficinas de atención a lo largo del país.
Fuente: Sitio Web del Servicio Nacional del Consumidor de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
